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Soy propietario de una vivienda adquirida en 2008 que he alquilado en septiembre de 2014 a un menor de 30 años con ingresos superiores al iprem.
 Para los 4 meses comprendidos entre sep y dic 2014: 
¿Puedo desgravarme 100% de lo percibido por el alquiler (x.4) o debo prorratearlo (x.4/12.4)?
¿Quécasilla del programa Padre uso? 
¿Puedo desgravarme de los intereses de liquidación del prestamo hipotecario de estos 4 meses?
Mismas dudas sobre el prorrateo y casillas...
¿Puedo desgravarme del 3% de la amortización de la vivienda y como exactamente hago el calculo? ¿Intereses y capital van por separado ? Las matematicas no son mi fuerte  :-(  Tengo por un lado: Ibi 2014 => a:Valor suelo, b:valor construcción, c:valor catastral. No sé como calcular los tantos por cientos para aplicarlos al valor de la compraventa d: que en este caso es mayor que el valor catastral y entiendo debo aplicarlos sobre él... Misma duda sobre prorrateo y casilla. 
 Ibi, cuota comunidad, imp basura, seguro hogar tengo claro que los debo prorratear, el seguro de vida podría incluirlo también ?  
 Tengo una factura de unos muebles que disfruta el inquilino. Los compré en 2010. Les puedo aplicar el 10% para desgravarme de ellos en el ejercicio 2014? Misma duda sobre prorrateo y casilla... 
 Resumiendo, de todas mis dudas no sé que cantidades se suman entre si para que estén agrupadas en una misma casilla, cuales debo prorratear x/12.4 y que casillas he de rellenar... 
 Muchas gracias de antemano.
 Pd: Amparo, he leído tu articulo (caso practico de don R.J.R y doña M.A.T del matrimonio que tiene 3 casas) alquiladas y creo que mi caso es una mezcla de los 3 ej... Cuando haces las cuentas NO COMPRENDO como obtienes los % y me frustro de ahí recurrir a ti. (si me lo explicaras como a un niño pequeño te estaré enormem ente agradecido)
 Que tengas un buen día, cordialmente Rubén