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gabyan

inquilino/a

Alquilamos un piso y tengo contrato por un año prorrogable a 5

Pero queremos dejarlo antes del año porque nos hemos comprado un piso porque la letra que pagamos es la mitad que lo que pagamos por alquilar y,  con la letra y el alquiler no podemos. Podemos dejarlo antes del año de contrato?

gabyan2000@yahoo.com.ar

  • Preguntado por: gabyan
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Helena Haydeé

    casero/a

    gabyan dejar el piso puede dejarlo pero el propietario puede reclamarle por incumplimiento de contrato, le sugiero que le comente al propietario la situación e intente llegar a un acuerdo compensando al propietario con la fianza eso sí acuerdo por escrito y cuando entregue la vivienda documento de entrega de llaves, comprobación de desperfectos y que se recoja igualemente que una vez firmado el propietario no tiene nada más a reclamar. Recuerde que los contratos obligan a su cumplimiento y no hacerlo tiene consecuencias.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Aunque tu mail termine en .ar doy por sentado que el alquiler del que hablas es en España y no en Argentina. Si fuera en Argentina ignora mi respuesta.

    Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por AMBAS PARTES, e implican DERECHOS Y OBLIGACIONES a ambas partes.

    El arrendador tiene el DERECHO de cobrar la renta  DE ANUALIDADES COMPLETAS y la obligación de tener al INQUILINO HASTA 5 AÑOS AUNQUE ENCUENTRE OTRO INQUILINO QUE LE PAGUE MÁS, QUE LE GUSTE MÁS O QUE LE CAIGA MEJOR.

    El arrendatario (ES DECIR TÚ) tiene la OBLIGACIÓN de pagar la renta COMPLETA de CADA ANUALIDAD  y, DERECHO a prórrogas por anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años.

    Si el arrendatario o inquilino da por terminado el contrato unilateralmente, el casero le puede DEMANDAR por INCUMPLIMIENTO de CONTRATO, y ello podría significar que un juez le condene a SEGUIR PAGANDO HASTA QUE EL PISO VUELVA A ALQUILARSE o hasta el cumpleaños del contrato, y además, y esto es muy caro, A CORRER CON LAS COSTAS DEL JUICIO.

    Si al inquilino le es imposible esperar a que se cumpla el año, debería intentar convencer a su casero para que, en vez de demandarle, acepte una cantidad negociable de varios meses de renta

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