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moskardon69

inquilino/a

Penalizacion
Buenas. Vivo en un piso de alquiler, con un contrato de 3 años. Deseo abandonar el inmueble pasado el primer año, pero existe una clausula en dicho contrato en el que dice se me penalizaria con una mensualidad por año restante de contrato.¿Hasta que punto están obligados a cobrarme dicha penalización?¿Existe alguna formula legal que me permitiese abandonar el inmueble sin tener que hacer frente a dicho pago?
  • Preguntado por: moskardon69
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Coincido con Pholmo, la cláusula es perfectamente legal, a la próxima, firme el contrato de un solo año, y podrá irse despues de cumplirlo sin penalización, y podrá estar igualmente hasta 3 años.
  • Jan Abogado

    profesional

    Buenas tardes, moskardon:


    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lamento decirle que esa cláusula es acorde con la ley y ha sido aceptada por Vd. El casero tiene perfecto derecho a exigir ese pago. Para la próxima le sugiero lea el DECALogo del inquilino en el enlace que le dejo. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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