Jaime:
 Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede,   los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos   datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora. En este enlace: 
 http://pedrohernandezabogado.com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html  tiene ampliada la información que le interesa. Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)  
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