Es exactamente lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos. 
Ahora bien, tus circunstancias son especiales. Explícaselas a tu casero que seguramente preferirá dejarte ir (sin esa indemnización tan grande) a que dejes de pagarle la renta por no poder afrontar el alquiler. 
Te dejo este post que es un caso similar al tuyo. 
Suerte 
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/cumplir-duracion-de-contrato-piso-alquiler_6834.html.