Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Pablo

inquilino/a

Respeto prórroga contrato alquiler
Voy a prorrogar el contrato de alquiler que me vence por 1 año más del piso que próximamente sufrirá una ejecución hipotecaria y posterior subasta pública. El nuevo propietario, ya sea el banco o un particular, ¿debe respetar dicha prorrogar con las condiciones vigentes, no? Ese nuevo inquilino, entiendo que se hace cargo de las deudas del piso, ¿se incluyen aquí los 3 meses de fianza que yo deposité y que no me devolverá el actual propietario?,¿podría dejar de pagar los últimos 3 meses y no incurrir en ninguna ilegalidad? Muchas gracias Saludos
  • Preguntado por: Pablo
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pablo

    inquilino/a

    Entiendo que tras realizarse la ejecución hipotecaria tengo de margen hasta la subasta pública, no?,¿cuánto tiempo suele pasar?
    Muchas gracias
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    nadie le devolverá los 3 meses de renta (uno de fianza y dos de garantía de pago), ya que le remitirán a la persona a la cual usted se los entregó, y este, estando embargado dudo mucho que le devuelva nada, aunque usted le demande, ya que será insolvente.
    Para respetar el contrato, tiene que haber empezado el arrendamiento antes de que se embargará el bien, si la fecha del contrato es posterior al embargo le pueden desahuciar.
    Por que quiere continuar???
    Por que no negocia con el arrendador actual esos tres meses de carencia y aprovecha ese tiempo para encontrar un inmueble????
    Ah, y no, legalmente por decisión unilateral no puede dejar de pagar tres meses.
    Suerte
    Óscar


  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No, en caso de ejecución hipotecaria el arrendamiento se extingue automáticamente, salvo que llegues a un acuerdo con el nuevo propietario.
    En cuanto a la fianza, como la extinción es automática (siempre que el arrendamiento sea posterior a junio de 2013), es el actual propietario quien te la tiene que devolver: no hay subrogación.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas