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hubbel

inquilino/a

¿Con cuánto tiempo tengo que avisar para dejar el piso, y es cierto que si pasa el año natural tengo que tragarme un año más?

He hecho 2 años en noviembre en mi piso, y me han subido un 2,3% el alquiler por el IPC, por lo que me quiero cambiar a uno más barato, pero me he oido que si cumplo el año de alquiler y lo ha hecho en noviembre tengo que estar un año mas, ¿o es el año natural? y que tengo que avisar con tres meses al casero y eso es mucho

  • Preguntado por: hubbel
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Si bien  las cláusulas superiores  al mes un juez las declara  nulas, tendría que haber juicio.  Por tanto, cumpla  la cláusula,  si luego decidiera no marchar  lo comunica nuevamente y no ejecuta la entrega de llaves no firma documento alguno de final de contrato  y continúa pagando hasta final del 5ª  año  en que si el arrendador comunica la rescisión tendrá que irse o negociar nuevo contrato. saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    Un arrendador  hace un contrato por un año y no puede echar al inquilino hasta que va a hacer los 5 años, ANTES NO.

    Un arrendatario puede rescindirlo  si hizo contrato por un año o menos, comunicando por burofax con acuse derecibo y certificación de texto 30 dias ( o más)  ANTES de que finalice la anualidad o prórroga.  NO ES AÑO NATURAL.  Si entro  el 10/1  hace el año el 10/1.- Compruebe si está bien aplicado  el aumento del  IPC.-

    Va  a   www.ine.es  Pincha   IPC      ¿Actualizar renta?

    Cubre datos  renta inicial    Fecha  inicial  contrato    Fecha Final contrato.

       En  mes:  Si la fecha del contrato es del 1 al  14  pone  mes  antepenúltimo  al de fecha de contrato.-

    Si fecha posterior al 14  pone  mes  penúltimo, da a calcular y sale nueva renta.  Tanto puede el arrendador comunicársela a uv como usted  A   ÉL.-   saludos, 

  • manuel josé

    casero/a

    Un contrato hecho por  un año se prorroga sin hacer nada cada año hasta los 5.- El arrendatario puede rescindirlo comunicando por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias antes de finalizar cada anualidad  o  prórroga. Si  la comunicaciuón  se hace  con menos tiempo  ya  se prorrogó por  un año más y sería incumplimiento de contrato. No vale por teléfono, email,... Sí  un escrito y que lo firme el arrendador.

    Según la L.A.U.  hay que avisar    UN MES  O  MÁS  antes de finalización, siempre que no esté estipulado otro plazo en el contrato.  saludos, 

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