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Llevo viviendo en el piso desde Febrero y los problemas no han parado de aparecer.
El suelo tiene humedades, las persianas están rotas , el aire acondicionado no funciona correctamente.
El tema es que las inmobiliaria que lleva el piso no se hace cargo de nada y tras enviar un burofax, me dicen que lo arregle yo y que luego me lo abonarán. Evidentemente, tengo más que motivos para desconfiar de que me lo van a pagar.
¿hay algun articulo de la LAU, al que me pueda acoger para abandonar el piso, sin perder la fianza depositada?
En ocasiones cuando el inquilino no puede o no quiere seguir pagando el alquiler 'descubre' desperfectos, defectos y averías en el piso alquilado y pretende dejar de pagar por ese motivo. Hay que decir que si deja de pagar, en el juicio de desahucio no va a poder invocar esas averías sean reales o imaginarias y en el mejor de los casos paralizará el desahucio pagando hasta el último céntimo, costas incluidas.
Si efectivamente existen deficiencias graves deberá reclamar su reparación, sabiendo que si se ve obligado a acudir al Juzgado está obligado a demostrar que la reparación corresponde al casero y certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente.
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